La protección de los consumidores en la contratación de seguros a través de Internet

Autores/as

  • Mariliana Rico Carrillo

Resumen

La adecuada protección de los consumidores contribuye al fomento de la confianza en la contratación a través de Internet. Las medidas destinadas agarantizar los derechos de los consumidores en la contratación electrónica, las
encontramos en diversas normas emanadas de la Unión Europea. En el ámbito de los seguros, las empresas que ofertan servicios a través de esta vía están obligadas a cumplir las normas destinadas incluidas en la Directiva 2002/65/C E
sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

Estas disposiciones exigen el suministro de información previa y el envío de las condiciones generales en soporte papel u otro soporte duradero accesible al consumidor y puesto a su disposición con la suficiente antelación antes
de que éste asuma cualquier tipo de obligación.

Dentro del deber de información, la Directiva exige una mención a la legislación aplicable. En el caso de los contratos electrónicos concluidos con consumidores, cabe recordar que en España las disposiciones de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, establecen la presunción
del lugar de celebración del contrato donde el consumidor tenga su residencia habitual, solución que conduce a la aplicación de su propia legislación. En las siguientes líneas se exponen los aspectos más relevantes de la protección
de los consumidores que contratan seguros a través de Internet

Biografía del autor/a

Mariliana Rico Carrillo

DOCTORA EN DERECHO POR LA UNIVERSIDAD CARLOS 111 DE MADRID. PROFESORA DE LA UNIVERSIDAD CATOUCA DEL TACHIRA y LA UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID. VICEPRESIDENTE DE LA ASOClACION VENEZOlANA DE DERECHO INFORMATICO y NUEVAS TECNOLOGíAS.